Marta M.

Quinta condena al Ayuntamiento de Mijas por no facilitar información a la oposición

artículo 23 CE, Ayuntamiento de Mijas, derecho fundamental, PSOE Mijas, sentencia judicial

Ana Mata, Josele González

El grupo municipal socialista lamenta que el gobierno de Mata haya convertido el “oscurantismo” en su “modus operandi” al frente de la administración local 

El Tribunal de Instancia número 8 de Málaga ha condenado por quinta vez al Ayuntamiento de Mijas, gobernado por la popular Ana Mata, por vulnerar los derechos fundamentales del grupo municipal socialista tras no facilitar información sobre el montaje de las ferias de Las Lagunas, La Cala y Mijas Pueblo en 2025.
«Mata ha hecho del oscurantismo su modus operandi al frente del Ayuntamiento de Mijas», ha afirmado el concejal socialista, Josele González, quien ha recordado que es «anticonstitucional» no facilitar información a la oposición para que «podamos desempeñar nuestra labor de fiscalización con un equipo de gobierno que se gasta 1,4 millones de euros en patrocinios deportivos con contratos de dudosa legalidad, entre otras muchas cosas».
Así, González ha lamentado que «aquellos que hablan de orden y respeto por las leyes son los mismos que las incumplen y son condenados reiteradamente en los juzgados por ello» y ha anunciado que «es la quinta sentencia pero no la última». «Siguen sin contestar a las solicitudes de información que hacemos, tanto del Ayuntamiento como de la empresa municipal Mijas Comunicación, donde no se aporta la documentación solicitada al consejero representante del PSOE», ha añadido.
El edil socialista ha defendido que desde su grupo municipal seguirán acudiendo a los tribunales «las veces que hagan falta para defender los intereses de los mijeños y mijeñas» y ha exigido a Mata que «cumpla de una vez por todas con la ley y deje de hacerle oposición a la oposición».

Nueva sentencia

Según la resolución de la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia número 8 de Málaga, el grupo municipal socialista solicitó el pasado 15 de junio de 2025 información relativa al montaje para las instalaciones eléctricas, redes de distribución, alumbrado decorativo y ornamental de las ferias de Las Lagunas, La Cala y Mijas Pueblo en 2025.
La sentencia señala que «sin que hubiese recibido una respuesta explícita en contra, debe entenderse la misma estimada por silencio administrativo positivo». Sin embargo, el Ayuntamiento de Mijas no hizo entrega de la documentación solicitada, ni en esa fecha, ni en las posteriores solicitudes del 6 de julio y 2 de agosto de 2025, por lo que «se habría producido la infracción del derecho fundamental».
Tal y como señala el fallo, «se aprecia una dilación completamente desmesurada en ejecutar un acto administrativo de acceso a la información que constituye un medio o instrumento fundamental para que los miembros de las corporaciones locales puedan ejercer debidamente su tarea de control político inherente a su función representativa».
Por todo ello, condena al Ayuntamiento de Mijas por vulnerar el derecho fundamental reconocido en el artículo 23 de la Constitución Española, así como a facilitar «sin más pretexto» la información requerida por el grupo municipal socialista y se impone las costas del procedimiento a la administración condenada.
×